lunes, 15 de febrero de 2010

CASO PIEDAD,

LO QUE NUNCA SE HA DICHO DEL CASO PIEDAD

ARTÍCULO DE: J. L. Calvo Casal, Portavoz de PRODENI
Dicen que no eres mi madre
aunque tú me recogiste,
pero me has dado tanto, tanto,
que tu sangre es mi sangre
aunque tú no me pariste
Folía canaria (anónimo)

HISTORIA DE UNA DESPROTECCIÓN ANUNCIADA

Consideraciones previas

Piedad, identidad ficticia tras la que se esconde la realidad personal de una niña canaria de ocho años cuyo caso ha conmocionado a gran parte de la opinión pública, continua en un centro de acogida desde finales de Octubre de 2008 en el que fue ingresada a petición de la madre biológica para ser posteriormente declarada en desamparo por la Administración, evidenciándose el fracaso de su reinserción después de haber sido traumáticamente separada en Mayo de 2007 de la familia preadoptiva de La Orotava, donde residía plenamente feliz e integrada, sin que hasta el momento la Administración haya movido un solo dedo para favorecer la comunicación o contactos entre la niña y aquella familia, a pesar de las sucesivas peticiones que se vienen haciendo desde el entorno familiar orotavense, desde los ayuntamientos, desde la asociación PRODENI, y por más de treinta mil firmantes.

De sus ocho años de vida, solamente dos pueden considerarse normales desde el punto de vista de una estructuración familiar, los que permaneció entre los tres y medio y los casi seis años en la familia preadoptiva de La Orotava (2005 – 2007) Del resto, los primeros siete meses estuvo sufriendo las consecuencias de la incapacidad de su progenitora para cuidarla y protegerla; luego estuvo tres años en centros de menores hasta que llegó la preadopción, y después de dos años de felicidad, actualmente lleva catorce meses en un nuevo centro de acogida, no pudiendo considerarse una etapa feliz el poco más de un año que estuvo con la madre biológica porque nunca dejó de depender de la ayuda de los técnicos de Protección de Menores.

La primera parte del fracaso de vida de PIEDAD hasta que llegó a La Orotava hay que atribuirlo en exclusiva a la madre biológica por su endémica incapacidad en rehabilitarse. Pero la segunda parte del fracaso hay que atribuirla, además, a la autoridad judicial y a la autoridad administrativa.

Así, la entrega y luego evolución de la niña con la madre biológica nunca respondió, como se verá, a criterios de normalidad y autonomía familiar, pese a lo que se apunta en el auto del Juzgado nº 5 de Familia de Las Palmas de Febrero de 2008, sobre la positiva integración.

Pocos dudan que Piedad es la víctima por excelencia de un sistema que la ignora por completo como persona, la separa injustamente de una familia, e hipoteca su estabilidad y su futuro.

Es pública y notoria la responsabilidad de la autoridad judicial desde la intervención del Juzgado de Familia nº 5 de Las Palmas, que decidió la entrega inmediata a la madre biológica, sin tener en cuenta las circunstancias personales, hasta la protagonizada por la Sala Tercera de la Audiencia Provincial, que, como paso previo, ordenó su ingreso en un centro de menores.

A su vez, la autoridad administrativa fue responsable del proceso sin garantías de inserción con la madre biológica, perjudicando a la menor, en los períodos comprendidos entre el 10 de Mayo de 2007 - 30 de Octubre de 2008, y entre esta última fecha y la primera semana de Marzo de 2009.

Consta en la historia de PIEDAD que Protección de Menores apoyó, primero, sin fisuras, a la parte preadoptiva, emitiendo informes favorables a la permanencia de la niña, y también se opuso a las pretensiones judiciales. Pero poco antes de la sentencia de la Audiencia Provincial se posicionó en contra de la parte preadoptiva, llegando incluso a interponer una denuncia contra Soledad Perera, a la que acusó de no querer entregarla.

De la primera etapa aún suenan los ecos de los apoyos solidarios de José Luís Arregui, Director Gral., entonces, de Protección del Menor y la Familia, dirigidos a la madre preadoptiva. Lo mismo que el respaldo a la causa de la niña del propio Carlos Martínez Esquivel, Jefe de Servicio de Protección de Menores, quien había firmado la resolución dirigida a la preadopción de PIEDAD.

Debido a las presiones judiciales y la situación límite a que el caso llegaba, la segunda postura se materializó con la resolución de la Dirección General de 20 de Abril que hablaba injustamente del desconocimiento de la situación de la niña y, con absoluta desproporción, del supuesto riesgo que podría sufrir a manos de sus acogedores, en contradicción con lo que sostuvieron hasta ese momento los diversos informes emitidos por los técnicos, y las muestras de afecto y solidaridad de José L. Arregui.

Destaquemos que esa resolución vino como anillo al dedo a los Magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial para reforzar la decisión de ingresarla en un centro de menores, toda vez que la providencia de 14 de Abril, anterior a la sentencia, carecía de base para justificar la medida de ingreso cautelar, en pretendido beneficio de la menor.

Lo mismo cabe decir de la sentencia de 30 de Abril, que resolvió definitivamente la devolución de la niña a la parte biológica, previo paso por un internamiento residencial.

Es cierto que la autoridad judicial había dictado la medida de internamiento de la menor y emplazado a los técnicos de “Protección de Menores” a llevar a cabo el acercamiento a la madre biológica, pero también lo es que, respetando cualquier decisión de orden judicial o administrativo, los técnicos deberían haber obrado en consideración a los beneficios o perjuicios que la medida le ocasionase, de tal forma, que si las expectativas no se cumplían, tendrían que haber primado los derechos de PIEDAD sobre los intereses de la parte beneficiada y haberse suspendido las acciones emprendidas.

Queda constancia de que “Protección de Menores” actuó desoyendo sus propias previsiones cuando en una primera fase defendía los derechos de la niña a permanecer en la familia preadoptiva. Ahí está lo aportado en el procedimiento por el educador Francisco Raposo y la psicóloga María Elena Martín Piñero, de la Dirección General de Protección del Menor sobre los nefastos efectos de llevarse a cabo las actuaciones judiciales. Y lo que dejó escrito Abimael Clavijo, técnico del área de adopción de dicha Dirección General, incidiendo en su informe de 16 de Agosto de 2006 que el proceso de inserción con la parte biológica colocaría a PIEDAD en situación de duelo afectivo con pérdida de estabilidad, seguridad personal, baja autoestima, posibles trastornos conductuales, etc. O las propias manifestaciones de la entonces Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, Marisa Zamora, hoy Portavoz de Coalición Canaria en el Parlamento insular, al decir que el auto de la Audiencia Provincial había caído como un jarro de agua fría, causándole gran preocupación el porvenir de la niña. Sin que olvidemos al entonces Director General de Protección del Menor, José Luís Arregui, que también se pronunció afirmando que el auto judicial era una auténtica bofetada, agregando que se hacía un daño irreparable al no tener cuenta el interés de la menor, terminando con esta perla: “Los mismos Magistrados ya están reconociendo que se va a producir un daño cuando en el auto piden a “Menores” que procuren que sufra el menor impacto posible”.

Efectivamente, los Magistrados pidieron que se le hiciese el mínimo daño posible, pero, sin embargo, “Protección de Menores” la sometió a un duro proceso desestructurador de consecuencias devastadoras, cuyo resultado lo tenemos ahí a la vista.

A ese fin, la cúpula de Protección de Menores cumplió a rajatabla la medida de reinserción de la niña con la madre biológica, importando poco si se trataba de un sujeto estructurado, bien educado, normalizado y rico en relaciones afectivas como lo era PIEDAD. Había que destruir primero para después construir.

Y fue mucho el interés que se puso en ello, hasta el punto que cuando tenía que haber sido llevada a un centro de acogida de la isla de Gran Canaria por sentencia judicial, Protección de Menores decidió ingresarla en la Casa Cuna de Santa Cruz de Tenerife, con el objeto de controlar todas las variables, pues temían que los centros de acogida de Gran Canaria estuviesen “contaminados” por las relaciones habidas con la menor durante los tres años y medio que allí estuvo.

Conviene recordar que la sentencia de 30 de Abril de la Audiencia Provincial de Las Palmas dispuso que PIEDAD fuera ingresada en un centro de Las Palmas de Gran Canaria y Protección de Menores ni siquiera solicitó la autorización de la Audiencia Provincial.

En la Casa Cuna de Santa Cruz de Tenerife

Lo que siguió a partir de entrar en la Casa Cuna de Santa Cruz de Tenerife fue la consecuencia lógica de la acción diseñada desde la cúpula de Protección de Menores para proceder a la entrega pensando más en satisfacer los intereses de la madre biológica que los de la niña.

La Entidad Pública era plenamente consciente de las endémicas limitaciones de la receptora, y, a pesar de que la Audiencia Provincial había establecido que la entrega fuese condicionada a la positiva comunicación y relación entre ambas, Protección de Menores, hipotecó el futuro de PIEDAD al quedarse corto en la exigencia de unos mínimos aceptables de normalidad familiar que la menor nunca obtuvo de su madre biológica.

La cúpula de Protección de Menores puso todo su empeño en evitar cualquier filtración, con advertencias y amenazas a técnicos, educadores… incluso señalando a algunos medios de comunicación el riesgo que corrían al informar sobre la niña.

Su pretensión era claro que no iba dirigida a velar por los intereses de la menor, su imagen y confidencialidad, sino por los propios de la institución para que no quedara en entredicho lo que estaba sucediendo. No obstante, PRODENI pudo saber que PIEDAD entró en la Casa Cuna bajo el impacto y el trauma emocional de haber sido separada de su mami, manifestando una mezcla de inseguridad y de miedo, y enormes deseos de volver a casa. También tuvo conocimiento de que los educadores del centro trataron de ir paliando las sucesivas crisis de angustia y desolación con toda suerte de entretenimientos. Sin embargo, las noches fueron muy duras, teniendo que dormir acompañada y sin respuestas a cada pregunta que hacía de su mami, de su hermanita y de sus cosas.

Por consiguiente, la primera etapa de la estancia de la niña en la Casa Cuna puede ser catalogada de tortura psicológica debido a la incomunicación y al vacío afectivo a que fue sometida. Lo que hizo Protección de Menores fue provocar su muerte afectiva siguiendo una adecuada programación. Es decir, acabar con sus resistencias y recuerdos, hasta que llegara a asumir la imposibilidad de cualquier retorno y fuese dócilmente dirigida a los encuentros preparados con la madre biológica.

Consecuencias de un informe educativo

El informe educativo del centro de la Casa Cuna, emitido cuatro días después de estar PIEDAD allí ingresada, reconoce el rechazo de la niña y su deseo de volver con su familia, y el intenso trabajo de los educadores con entretenimientos y juegos para apartar de su mente la desolación y tristeza que la embargaba. Y si bien la autora del informe quiso dar un enfoque menos dramático y más optimista de su internamiento, no pudo dejar de mencionar cosas como éstas: “En determinados momentos del día, especialmente a la hora de la acostada o ante la vivencia de algún tipo de frustración, la menor llora y llama a su madre, refiriendo querer irse para su casa.” “La menor nombra continuamente a su hermana con la que dice compartir habitación y llevarse muy bien; además habla de su familia, de sus perros, sus gatos, sus pájaros…” “A la hora de acostarse y en los momentos en que vivencia algún tipo de frustración, la niña presenta llanto acompañado de agitación motriz, a la vez que llama a su madre.”

La Directora de la Casa Cuna, autora del informe, dejó escrito que PIEDAD mostraba rechazo a la madre biológica, a la que llamaba “la señora de Las Palmas”, e interpretaba que sus deseos de volver con su familia y la aversión hacia la desconocida, eran fruto de “una gran confusión”, siendo necesario, dice, “un concienzudo trabajo educativo y psicológico con el objeto de favorecer la reestructuración cognitiva de sus vivencias y una adecuada proyección de futuro ajustada a la realidad.” ¿Dónde quedaban los informes emitidos tiempo atrás por los técnicos de Protección de Menores? No. Ahora sólo tocaba la suerte del verdugo, la hora de la ejecución.

Para el psicólogo Eduardo Riol, las técnicas de reestructuración cognitivas se usan como terapia para sustituir creencias y pensamientos irracionales y no adaptativos, por otros racionales y adaptativos. Piensa Riol que en este caso los técnicos que intervinieron sobre PIEDAD utilizaron métodos psicológicos al servicio de fines ajenos a la salud, pudiendo causarle graves perjuicios, pues al estar consolidados fuertes vínculos con la familia que se vio obligada a dejar, no cabe hablar de confusión de una realidad inexistente: Ese futuro al que la obligaban a enfrentarse.

Respecto al informe, los Magistrado de la Audiencia Provincial se inclinaron a interpretar la melancolía y el sufrimiento de PIEDAD no en clave de sus deseos y necesidades, sino en función de las “minas” y obstáculos puestos en su mente por la familia preadoptiva para impedir el acercamiento a la otra parte. Por tal infundado motivo acusaron a los acogedores de influir negativamente sobre la menor.

No cabe duda de que lo que se hizo con PIEDAD fue brutal y denunciable. Los técnicos que realizaron la misión tuvieron que tener muy duras las agallas de su sensibilidad para ir diezmando en la niña su capacidad de resistencia a sabiendas que provenía de una familia normalizada donde había estado felizmente integrada, privándola de respuestas y noticias, y desmontando pieza a pieza cada uno de sus ricos afectos.

A conciencia la emplazaron a que entendiera que su vida era como un cuento y que al ir pasando páginas iban quedando atrás unas experiencias y apareciendo otras, de tal modo que el cuento de su vida en la familia anterior había terminado para siempre y ahora le tocaba empezar otro nuevo. Sin duda, una forma diferente de decirle a alguien lo que Dante dejó escrito en su Divina Comedia sobre aquel lema grabado en el frontispicio de las puertas del infierno: “Perded toda esperanza”.

Por el contrario, en su casa de La Orotava había aprendido a integrar cada página de su pasado en la llamada “cajita de los recuerdos” donde guardaba pequeñas cosas, fotos… de los más de tres años vividos en los centros de menores, para reforzar su presente sin olvidar su memoria, y todo eso le amputaron abriendo una fractura en su mundo afectivo, que quisieron insalvable.

¿Podemos considerarlo una manipulación intencionada? ¿Un lavado de cerebro?

La respuesta nos la da Eduardo Punset cuando explica que el manipulador que interviene en un lavado de cerebro lo que hace, entre otras cosas, es alejar a la víctima de sus seres queridos y de su entorno. Si, además, controla lo que la víctima ve, oye, piensa… la identidad del sujeto se verá debilitada.

Por desgracia, mientras PIEDAD pasó por “la terapia de reestructuración cognitiva” no contó con nadie que la ayudara a utilizar las tres reglas de oro de Kathlen Taylor para evitar el lavado de cerebro (detenerse, pensar y reflexionar). Únicamente recibió silencio y vacío, dos reglas de oro para todo lo contrario.

Después, el informe fue remitido por la Audiencia Provincial a las partes, y por tal motivo lo recibió Soledad Perera, quien redactó unas puntualizaciones que hizo llegar a la Casa Cuna y a Protección de Menores para ayudarles a entender el comportamiento y las reacciones de PIEDAD con una visión más amplia, pues la autora del informe no buscó información sobre aspectos esenciales de la vida de la niña en La Orotava, lo que restó objetividad.

Fue sorprendente la dura reacción del responsable de Protección de Menores, Carlos Martínez Esquivel, al que le faltó tiempo para denunciarla ante la Audiencia Provincial por haber enviado aquel escrito. La Audiencia Provincial desestimó la denuncia argumentando que Soledad Perera era parte en el procedimiento y por lo tanto le cabía actuar como lo hizo. Ahí se vio con claridad la actitud y el talante del señor Martínez Esquivel y su animadversión personal hacia la ex madre preadoptiva. Animadversión que todavía subsiste.

Ruptura de los vínculos

Por aquel tiempo oíamos a más de una persona decir que lo que le hacían a PIEDAD no tenía nombre, aunque nombre si que tuvo al haber sido duramente castigada, pues como afirma el doctor Gabriel Contreras Alemán, autor de un trabajo científico sobre el Síndrome de Carencia Crónica Afectiva (Universidad de Granada, 1997) “interrumpir los lazos y vínculos puede constituir un error disparatado, de efectos devastadores y, tal vez, irreparables, pese al parcheo de la ayuda psicológica inmediata, con lo que podremos estar fabricando desequilibrados psicoemocionales presentes y futuros”.

Y es que PIEDAD sufrió la ruptura traumática de sus vínculos provocado a conciencia y hasta se le privó de los objetos que ella reclamaba. Ni siquiera atendieron los ofrecimientos de la familia preodoptiva para hacérselos llegar.

Por eso su vida fue como un tsunami, al desaparecer por completo su paisaje y con él todas sus cosas, sus recuerdos. Fue la superviviente de una gran desgracia, viéndose obligada a aprender a mirar hacia delante llevando sobre sí la pesada losa de su muerte afectiva, cuando, sin embargo, la familia y sus cosas seguían allí intactas.

Es cierto que los jueces habían ordenado quemar las naves de la vuelta de PIEDAD a casa, pero “Protección de Menores” se encargó de prenderles fuego haciendo de eficaz verdugo. No deja de impresionar que una institución que está ahí para proteger a los menores, impunemente los desproteja, como desprotegió a PIEDAD.

Luego llegaron los encuentros “ocasionales” de la niña en un parque con la persona que más tarde la abandonó pidiendo su ingreso en un centro.

Presiones

Sabemos que, entonces, a PIEDAD, una vez conseguido que comprendiera que no había vuelta atrás, le fueron vendiendo la bondad de una relación alternativa a la permanencia en el acogimiento residencial. Pero existieron dificultades porque, al menos durante veinte días en el mes de Junio, la institución suspendió las visitas alegando que perjudicaban a la menor. No obstante, desde “Protección” se seguía soltando lastre de que la cosa iba muy bien, aunque también tuvimos noticias de ciertos desencuentros o diferencias de criterios entre alguno o algunos técnicos de la Casa Cuna y “Protección de Menores” acerca de la idoneidad de la madre biológica. Observándola de cerca había aspectos que no gustaban por la forma de manifestarse, de desenvolverse.

Un hecho a destacar es que desde la familia extensa o biológica de PIEDAD se contactó con la Casa Cuna para advertir el grave riesgo de que continuasen los acercamientos con la progenitora. Consideraban que la misma no estaba rehabilitada y que volvería a fracasar si se la entregaban temiendo mucho por la suerte de la menor. Asimismo sabemos que también se pusieron en contacto con Carlos Martínez Esquivel, pero éste rechazó cualquier observación en ese sentido.

Si en la Casa Cuna hubo receptividad a la llamada de atención de la familia extensa, Protección de Menores se encargó pronto de pararlo y aquello se volvió más hermético y cerrado. No obstante, de fuentes internas y fiables supimos que a fecha de 31 de Julio de 2007 las visitas seguían suspendidas y que la Casa Cuna había considerado a la madre como una persona no rehabilitada.

Esta circunstancia, nada querida por la institución, fue motivo de presiones a la Casa Cuna. Es decir, la Casa Cuna parece que sufrió presiones de Protección de Menores para que resolviera a favor de los encuentros de la madre con la niña, determinando la Entidad Pública trasladarla a Las Palmas y así precipitar su entrega.

Finalmente, la entrega se produjo y aunque desconocemos en que momento y de que manera, lo que si sabemos es que no fue antes del 1 de Agosto de 2007, pues a 31 de Julio la niña seguía en la Casa Cuna y, según queda dicho, las visitas de la madre biológica se mantenían en suspenso.

Por su parte, desde Protección de Menores se filtró a la prensa que la menor estaba con su madre y que todo iba muy bien. Era a mediados de Agosto. Luego, llegamos a saber que con fecha 30 de Octubre de 2007, Protección de Menores revocó el desamparo sobre Piedad, dando fin a una dependencia institucional que de hecho continuó, pues la Entidad Pública nunca dejó de asistirlas debido a la incapacidad de la receptora para hacerse cargo, sola y con autonomía, del cuidado y atención de PIEDAD. Sin embargo, el mensaje de la institución era de plena integración y evolución positiva, dejando una estela de silencios y sospechas.

Un brindis al sol del Juzgado de familia.

Llegando Enero de 2008 la parte preadoptiva se sorprendió de una providencia que el Juzgado de Familia nº 5 de Las Palmas remitió a la Dirección General de Protección del Menor y la Familia, reiterando una petición de entrega de los informes habidos entre Junio y 30 de Octubre de 2007. Es decir, los informes que la Casa Cuna y la Administración habían elaborado sobre la evolución de PIEDAD hasta el momento de resolver el desamparo. El hecho de que la providencia especificara un “reitero”, significaba que la Jueza de Familia ya los había pedido con anterioridad y que “Menores” no contestaba. Al parecer, esos informes no llegaron al juzgado ni a pesar de ese “reitero”.

Para mayor sorpresa, más aún, dolor e indignación de la parte preadoptiva, en la resolución del Juzgado de Familia de Febrero de 2008 de ejecución de la sentencia de 30 de Abril de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que dio por definitiva la entrega de PIEDAD a la receptora, la titular del Juzgado no referencia dato alguno sobre los informes que había reclamado, al parecer, infructuosamente, a Protección de Menores, y dio por válida y suficiente la información recibida por vía telefónica


desde la Administración, sobre que la relación era extraordinariamente buena, felicitándose la juzgadora por la rápida evolución y su buen término.

Tras esa expresión de triunfalismo, no quedó claro que la Entidad Pública hubiera decidido continuar con sus técnicos en una labor de apoyo y seguimiento, puenteando a los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Las Palmas, aspecto recogido asimismo en la resolución citada.

¿Por qué, si fuese así que la integración de la menor en la nueva familia había sido tan extraordinariamente positiva, Protección de Menores se arrogó en solitario el protagonismo, en vez de haber dejado a los Servicios Sociales municipales la misión de hacer el rutinario seguimiento?

El tiempo, juez implacable y tozudo, respondió a la pregunta, demostrando más adelante que el triunfalismo de la Jueza no fue más que un brindis al sol por carecer de fundamento, ya que no hubo tal extraordinaria evolución en la integración de la menor, sino el esfuerzo continuado de los técnicos de Protección de Menores en apuntalar un edificio de convivencia familiar, fracasado endémicamente desde sus cimientos.

Apuntalando una imposible integración

PRODENI supo que en el período de estancia de la niña con la madre biológica, los técnicos de Protección de Menores no dejaron de intervenir, incluso en labores domésticas tan primarias como llevarla y traerla del colegio, y otra suerte de tareas. Además, se le facilitó un trabajo.

Se puede colegir que la extraordinaria y positiva relación no fue la de la niña con la receptora, sino la de la receptora con Protección de Menores, en cuanto a que no hubo ni habrá en Canarias madre con más apoyos que los que la madre biológica obtuvo de la Administración. Le dieron un trabajo y más adelante un piso.

Hay que resaltar que al ser entregada a la parte biológica, PIEDAD y su progenitora residieron en el piso de la abuela materna, donde las tres convivieron, hasta que a finales de Octubre de 2008, la abuela, las echó a las dos de casa harta de los problemas que tenía con su hija, nada extraño en una relación siempre conflictiva, con épocas de relativa estabilidad y de rupturas explosivas.

Eso bien lo sabían los responsables de Protección de Menores porque antaño cuando se produjo el primer desamparo de PIEDAD, la madre y la abuela estaban enfrentadas, siendo entonces inviable ni siquiera el plantearse que la niña fuera acogida por la abuela.

Lo mismo sucedía con el resto de la familia extensa, inviable también para acoger a PIEDAD por las nulas relaciones con madre y abuela, y miedo a las represalias de ambas. Es decir, la niña tuvo únicamente como referente familiar a dos personas cuya inestable convivencia no podía garantizar la normalidad y, mucho menos, la felicidad que la menor necesitaba.

Y siguiendo con el plan establecido, Protección de Menores se dedicó a correr tupidos velos, sembrando miedos y advertencias, mientras consentía que la niña evolucionara negativamente en su nuevo entorno, tan distinto, tan contradictorio del que le obligaron jueces y fiscales a dejar en La Orotava.

En ese sentido, a PRODENI le llegaban indicios de que las cosas no eran “Alicia en el País de las Maravillas”, de que la niña no era tan feliz, ni estaba tan bien tratada y educada como se decía. Era cuestión de tiempo que el asunto les estallara entre las manos y finalmente les estalló.

El fracaso de la medida: Piedad vuelve a un centro de menores.

A mediados de Noviembre de 2008 llegó la noticia a la asociación de que PIEDAD estaba en un centro de Menores de la isla de Gran Canaria, donde había sido ingresada a petición de la madre biológica el 30 de Octubre, porque había habido bronca y la abuela las había echado de casa a las dos.

No era la primera vez que abuela y madre peleaban y rompían, por ser eso una constante en su conflictiva relación, cosa que “Menores” perfectamente sabía y aún así arriesgó a encajar a PIEDAD en la boca de un volcán activo.

Ahora bien, si “Menores” quiso interpretar que “muerto el perro se acabó la rabia” por aquello de la ruptura de la relación de abuela y madre, y que facilitándole un piso, puesto que trabajo ya tenía, daba por resuelto el problema, lo hizo para esconder bajo la alfombra la verdadera cara de una realidad que sobrepasaba en mucho una simple carencia de recursos materiales, es decir, quiso ignorar la cronificada incapacidad personal de la madre biológica para cuidar y atender a su hija. Pero la noticia de que PIEDAD volvía a un centro de menores después de tanto bombo y platillo de la acción de la Justicia, del Ministerio Fiscal y de Protección de Menores, corrió como la pólvora en los medios de comunicación, causando el lógico asombro y estupor de una ciudadanía a la que no le quedó la mínima duda sobre la barbaridad cometida con la niña y la injusta persecución a la madre preadoptiva, a la sazón ya condenada y nuevamente encausada por un delito de desobediencia, tras su denodado esfuerzo por impedir que PIEDAD cayera donde ahora se encontraba.

La reacción de las instituciones no se hizo esperar, y no sabemos si fue la cúpula de “Menores” la que primero corrió a informar al Fiscal, o si fue la Fiscalía quien se apresuró a pedir información a “Menores”... el caso es que el señor García Panasco, Fiscal Jefe de Las Palmas, salió al paso afirmando que sólo se trataba de un incidente familiar puntual, porque la relación de la niña con su progenitora evolucionaba favorablemente y que el asunto se resolvería pronto cuando la Administración le consiguiese un piso.

Contra esa versión arremetió PRODENI y criticó al Fiscal Jefe de las Palmas por hacer de portavoz y altavoz de Protección de Menores sin preocuparse en investigar si era cierto lo que afirmaba la asociación acerca del fracaso de la inserción de PIEDAD. A continuación, PRODENI, le remitió un escrito con datos y consideraciones demostrativas de la falsedad de tal versión, a la vez que le pedía que llevara a cabo una investigación, en cuanto a que las condiciones de entrada de PIEDAD en el centro de menores eran bien distintas de las condiciones y estado que presentó en la Casa Cuna cuando fue retirada a la familia preadoptiva. Entonces llegó bien educada y normalizada y ahora, cuando menos, con problemas de sobrepeso y de tipo conductual.

Se pueden imaginar los comentarios privados de los técnicos, las comidillas entre bastidores de los justiciables reconociendo con la boca chica que se habían equivocado, para de seguido aparentar absoluta normalidad institucional y colocarse a la defensiva rechazando las críticas que les caían encima. Bien que PRODENI conoció algunos de esos comentarios de pasillo y cafetería, sonándole aún la frase de un alto cargo de la Justicia canaria que dijo: “Nos hemos equivocado, la madre no se rehabilitó”. Aunque, claro, fuera de ahí, que nadie esperase reconocimientos públicos del fracaso, porque eso ya quedaba fuera de lo posible.

Puenteo institucional y contumacia de “Protección de Menores”

En aquel contexto, la pretensión de la cúpula de Protección de Menores de hacer aguas de borraja algo de tan mal cariz, a duras penas podía sostenerse mientras día tras día la permanencia de PIEDAD en un centro de menores los dejaba en evidencia. Por eso se dieron prisa en localizarle una vivienda para que la niña volviera con ella, cuestión de honor institucional al haber quedado en entredicho la cúpula de “Menores”. Entrado Diciembre de 2008, la madre biológica, accedió a una vivienda en régimen de alquiler con seis meses pagados por la Administración.

En cuanto a la estancia de PIEDAD bajo tutela institucional, debemos explicar que así como cuando el Juzgado de Familia resolvió ejecutar la medida de entrega a la progenitora, Protección de Menores puenteó a los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Las Palmas para llevar directamente el apoyo y seguimiento de su integración, ahora volvió a hacer lo mismo puenteando al Cabildo de Gran Canaria, que es a quien corresponde gestionar la custodia de los menores en los centros de acogida del Cabildo insular y servir de enlace de información con la Entidad Pública.

Hay que decir que, a pesar de la imponente cortina de humo que se impuso y del puenteo comentado, la asociación PRODENI pudo saber que no era oro todo lo que relucía en “la verdad” impuesta por la Administración, por los indicios de contradicciones de enfoque con los técnicos de la casa de acogida; y dentro de la propia Entidad Pública, pues no existía unanimidad, apareciendo quienes entendían que la madre biológica les había decepcionado y que había que proceder a un desamparo, y quienes, en la línea dura, no daban el brazo a torcer.

Parece ser que los informes del centro de acogida reflejaban aspectos negativos de la idoneidad de la madre biológica y los perjuicios ocasionados a la menor, mencionándose presuntamente cosas muy serias que se omiten aquí por respeto a la intimidad y confidencialidad. No obstante, “el erre que erre” de “Protección de Menores” seguía su curso y nada podría impedir que a fecha señalada de 30 de Enero de 2009, PIEDAD fuera devuelta. Sin embargo, sucedió lo que menos se esperaban.

Desplante de la madre biológica

Resultó que, un día antes, la progenitora se personó en las oficinas de la Administración, dejando muy claro que prefería no recogerla y que el Gobierno la siguiera atendiendo y educando porque no se portaba bien… En una palabra, la madre biológica, que el 30 de Octubre de 2008 la había metido en un centro de menores porque carecía de vivienda, cuando por fin consigue que le agencien un piso renuncia a recogerla, queriendo que ellos se la mantengan y la eduquen. A semejante comportamiento podrían haberle respondido: “Señora, para este viaje no hacían faltas esas alforjas”.

Pues bien, ni con esas, la cúpula de Protección de Menores quiso intervenir para desamparar a la niña, manteniendo los derechos de visita de la madre y aparentando hacia el exterior que seguía siendo un incidente familiar puntual.

“Cantada” mediática y nuevo desamparo.

Sucedió después, que el 27 de Febrero de 2009, se celebró el juicio en Las Palmas contra Soledad Perera a instancias del Ministerio Fiscal por presunta desobediencia. Fue el juicio en el que una impresentable juzgadora impidió la asistencia de público dando con las puertas en las narices a los medios de comunicación, y que, como consecuencia, tiempo después, la Audiencia Provincial lo anuló y ordenó volverlo a repetir sin la jueza protagonista de aquel acto.

El caso es, que entre los asistentes, estaba la madre biológica de PIEDAD, citada allí de testigo por el Ministerio Fiscal, llamando la atención que no se separara de ella un cierto personaje con gesto solidario y protector. Era nada más y nada menos que Carlos Martínez Esquivel, el Jefe de Servicio de Protección de Menores, citado también como testigo.

Ni que decir tiene que la presencia de Carlos Martínez Esquivel, ofreciendo su brazo protector a la persona que había rechazado a la hija, fue una prueba visible de la postura oficial de Protección de Menores de seguir amparando los intereses de la parte biológica por encima o sobre los intereses de PIEDAD, a pesar de los informes y de las evidencias. Pero sucedió, que al haber allí periodistas, fotógrafos y cámaras de televisión, la presencia de la madre biológica no pasó desapercibida. Por eso,

cuando aflojó el control del señor Esquivel, las preguntas e, incluso invitación para filmar y declarar en su propio domicilio, obtuvieron respuestas de lo más ilustrativas, con profusión de titulares. Entre otras cosas, dijo que quería que PIEDAD siguiera interna “en el colegio” y que la educara el Gobierno de canarias para que la enderezaran, porque era como un potrillo salvaje, etc.

Lo manifestado a la prensa y el afán y profusión de detalles en algunas cadenas de televisión, presumiendo tener al Gobierno de Canarias a sus pies, no fue más de lo que “Menores” ya sabía, pero ante la luz y taquígrafos que rodearon tales declaraciones, no les quedó más remedio que actuar, demostrando que sin el brillo de los focos, en el silencio y discreción de los despachos, la cúpula de Protección había aguantado carros y carretones, con tal de no dar el brazo a torcer para no reconocer el monumental fracaso. Como consecuencia, ya descubierto el pastel, a los pocos días le suspendieron las visitas, declarando el desamparo provisional de la menor.

Autismo y sordera institucional

Otro aspecto de queja y denuncia contra Protección de Menores es el hecho de que Soledad Perera nunca ha dejado de insistir a favor de PIEDAD para que permitan a la niña tener visitas y mantener contactos con la única familia que la quiso y le dio estabilidad, recibiendo cero respuestas de Protección de Menores, de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia, y de la Consejera de Bienestar Social, a todos los cuales se dirigió por escrito en diversas ocasiones.

¿Por qué la Consejería, la Dirección General y Protección de Menores niegan el pan y la sal de una respuesta? ¿Por qué ese autismo y sordera institucional? Pero ¡Si es que ni responden al Defensor del Pueblo Español! Qué van a pedir los demás, como PRODENI, a quien también se excluye.

Maltrato Institucional

Piedad que tiene ocho años, hace dos que fue separada de su familia de La Orotava, y ya ha sobrepasado el año de internamiento en el nuevo centro de acogida de Gran Canaria, fruto del fracaso de la medida judicial y administrativa. Sostenemos que PIEDAD es una niña maltratada, y lo es además porque se le impide recuperar su memoria afectiva y contactar, principalmente, con Lucía, su hermana que la quiere y sufre su ausencia; y con Soledad Perera, su mami, que nunca la abandonó.

Es comúnmente aceptado que PIEDAD fue maltratada, primero, por la acción de la Justicia a manos de Elena del Corral, Jueza de Familia, al desvestirla de toda humanidad y rebajarla a simple objeto o cosa de litigio. Después, por la acción de la Justicia, en órgano superior, que atropelló sus derechos de mano de los magistrados Ricardo Moyano García, Rosalía Fernández Álava e Ildefonso Quesada Padrón, de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, al condenarla a pasar por un centro de menores, pidiendo patéticamente que se le hiciera el menor daño. También por la acción del Ministerio Fiscal, al no haber velado por sus derechos e interés superior. Y, por supuesto, por el Sistema de Protección de Menores del Gobierno canario, al llevar a cabo un proceso de integración sabiendo que la receptora no podía por sí misma atenderla, con el añadido de que se obliga a la niña a pervivir en un centro de menores impidiendo contactos con las únicas personas que la han querido y que representan su única y última oportunidad.


CONCLUYENDO

Con el presente informe, PRODENI, ha querido sacar a relucir diversos aspectos ocultos del caso PIEDAD ante la existencia de indicios, sospechas y evidencias de la desprotección de una niña en manos de un sistema diseñado, sin embargo, para protegerla, teniendo en cuenta que esto puede que sólo sea la punta del iceberg de un mayor cúmulo de episodios e irregularidades que perjudicaron a la menor, debiendo el Gobierno Canario responder, al menos, acerca de:

La presunta y supuesta mala praxis profesional de los servicios técnicos.
Las discrepancias en diferencias de enfoque, propuestas… de la Casa Cuna de Santa Cruz de Tenerife con “Protección de Menores”, y de “Protección de Menores” con el actual centro de acogida donde se encuentra PIEDAD.
El misterio de los informes de la Casa Cuna de Santa Cruz de Tenerife y de Protección de Menores entre Junio y 30 de Octubre de 2009, que el Juzgado de Familia nunca recibió a pesar de sus “reiteros”.
El extraño empeño e interés de la institución canaria en querer hacer factible una convivencia sostenida y “apuntalada” de la niña con la madre biológica, con la continua intervención de los servicios técnicos.
El extraño interés por “vender” al exterior (incluso a Fiscalía, incluso al Juzgado de Familia) el éxito de una operación que estaba haciendo aguas por todos lados.
El extraño y sorprendente comportamiento de brazos caídos de la cúpula de “Menores” cuando la progenitora renunció a recogerla aquel 29 de Enero de 2009.
El extraño proceder de “Menores” que sólo actuó desamparando por segunda vez a PIEDAD cuando la propia madre biológica expuso en público lo que ellos en privado ya sabían.
Lo extraño de los sucesivos puenteos a instituciones para reservarse en exclusiva la intervención cuando en todos los casos son los Cabildos y los Servicios Sociales municipales quienes se encargan de llevar a cabo la gestión de la guarda, los seguimientos en familia, etc.
El “autismo” y “sordera” institucional en no responder a las peticiones a favor de que PIEDAD contacte con la gente que quiso en La Orotava, privándola de iniciar la necesaria recuperación de su memoria afectiva, de indudables beneficios terapéuticos, además de por humanidad.

Todas estas cuestiones requieren una investigación que ponga en claro lo realmente sucedido con PIEDAD desde el día 10 de Mayo de 2007 hasta que fue declarada por segunda vez en desamparo en Marzo de 2009. Y en su caso, que se depuren las responsabilidades que se hubieran producido.

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